Inicio › Cobradores
Sus derechos · FDCPA

Los cobradores no dejan de llamar: esto es lo que pueden y no pueden hacer

La ley federal pone límites reales a los cobradores. Conocerlos le quita mucho del miedo cuando suena el teléfono.

Revisado por última vez en noviembre de 2026

A quién aplican estas reglas

La Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA) y el Reglamento F de la CFPB aplican a cobradores externos: agencias de cobranza, compradores de deudas y abogados que cobran deudas con regularidad. Algunos estados, como California, extienden reglas parecidas al acreedor original.

Sus derechos principales

Recibir un aviso de validación

Dentro de los cinco días después de contactarlo por primera vez, el cobrador debe darle un aviso por escrito con la cantidad que dice que usted debe, el nombre del acreedor y la fecha límite para disputar.

Disputar, y que el cobrador se detenga

Si disputa la deuda por escrito dentro del período de validación (unos 30 días después de recibir el aviso), el cobrador debe dejar de cobrar hasta que le envíe verificación de la deuda.

Límites de llamadas

Pedir que dejen de contactarlo

Si se lo pide por escrito, solo podrán contactarlo para confirmar que se detienen o para avisarle de una acción específica, como una demanda. La deuda no desaparece, pero las llamadas sí.

Lo que nunca pueden hacer

Deudas viejas: cuidado antes de pagar

Cada estado fija un plazo para demandar, a menudo de 3 a 6 años. En algunos estados, hacer un pago pequeño puede reiniciar ese plazo. Pida primero el aviso de validación y revise las reglas de su estado.

Cartas para enviar

Tenemos dos cartas modelo (en inglés, para que el cobrador las entienda sin problema): una para disputar la deuda y pedir prueba, y otra para limitar o detener el contacto. Están en nuestra página de derechos en inglés, con un botón para copiarlas. Envíelas por correo certificado con acuse de recibo y guarde una copia.

Si un cobrador rompe las reglas

  1. Anote todo: fecha, hora, nombre de quien llamó y lo que dijo. Guarde mensajes y cartas.
  2. Presente una queja ante la CFPB (en español) y el fiscal general de su estado.
  3. Hable con un abogado de derechos del consumidor. La ley permite recuperar daños de hasta $1,000 adicionales, y el cobrador puede tener que pagar los honorarios de su abogado.

Señales de estafa: no le envían nada por escrito, exigen pago con tarjetas de regalo, transferencias o criptomonedas, lo amenazan con arresto o con inmigración, o lo presionan a pagar "solo hoy". Cuelgue y busque usted mismo al acreedor original.

Información general, no asesoría legal. Fuentes: CFPB en español, FTC.